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I. Municipalidad de Curacautín |
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| Nombre del mecanismo de participación ciudadana | Breve descripción de su objetivo | Requisitos para participar | Enlace a mayor información |
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| Plebiscito Comunal | Se entenderá por Plebiscito aquel acto en que se manifieste la voluntad soberana de la ciudadania local, mediante la cual ésta expresa su opinión en relación a materias determinadas de interés comunal | Según Art. 99 - 104 (Ley 18.695) | Enlace |
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| Consejo Comunal de Organización de la Sociedad Civil | En la Municipalidad de Curacautín existirá un Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil, compuesto por representantes de la comunidad local organizada, debera pronunciarse en las siguientes materias: | Según Artículo 94 - 95 (Ley N°18.695) | Enlace |
| La cuenta pública del Alcalde | Enlace | ||
| La cobertura y eficiencia de los servicios municipales de la Comuna | Enlace | ||
| La asignación y el cambio de nombre de los bienes municipales y nacionales de uso público. | |||
| Las materias que el Alcalde y el Concejo sometan a su consideración. | |||
| Además, el Consejo podrá reunirse por su propia iniciativa para estudiar y debatir materias generales de interés local y elevar su opinión a conocimiento del Alcalde y del Concejo. | |||
| Asimismo, el Consejo podrá interponer el recurso de reclamación establecido en el artículo 141 de la Ley 18.695.- | |||
| Audiencias Públicas | Las audiencias públicas, son un medio por las cuales el Alcalde y el Concejo Municipal conocerán acerca de las materias que estimen de interés comunal. | Según Art. 97 (Ley 18.695) | Enlace |
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| Oficina de información Reclamos y Sugerencias O.I.R.S. | La Municipalidad habilitará y mantendrá en funcionamiento una Oficina de Informacion,reclamos y sugerencias abierta a la comunidad en general y sitio web www.mcuracautin.cl | Según Artículo 98 (Ley 18.695) y dispociciones contenidas en la Ley N°19,880 | Enlace |
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| Participación Organizaciones Comunitarias Territoriales y Funcionales | La comunidad local puede formar organizaciones de interés público, de voluntariado y otras que la leyes permitan | Las que estipula la Ley N°19,418. | Enlace |
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| Subvención Municipal | Las organizaciones que cuenten con personalidad jurídica vigente, podrán proponer la ejecución de actividaes propias de la competencia municipal, con financiamiento muicipal, y/o compartido que no persigan fines de lucro. | Organizaciones sociales que cuenten con personalidad jurídica vigente. | Enlace |
| Consulta, Encuesta o Sondeos de Opinión | Las consultas, encuestas o sondeos de opinión, tendrán por objeto explorar las percepciones, sentimientos y proposiciones evaluativa de la comunidad hacia la gestión municipal. | Organizaciones de interés público, de voluntariado, asociación gremial y Organizaciones sindicales. | Enlace |
| Sesiones del Concejo Municipal | Las sesiones del Concejo son públicas y en consecuencia a ellas puede asistir cualquier ciudadano, salvo que los dos tercios de los Concejales presentes acordaren que la sesión sea secreta.- | Ley 18,695, Titulo III Artículo 71 al 92 bis | Enlace |
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| Comité de Posta Malalcahuello Comité Posta Manzanar Comité Salud Posta Santa Ana Comité de Salud Queule |
Promover la participación de los habitantes del sector tanto en la identificación de los problemas de salud como en las propuestas de acciones para resolverlos Colaborar con las actividades relacionadas con la posta integrando y motivando a los socios para trabajar en forma coordinada con los funcionarios de salud Propender a la identificación de los recursos disponibles del sector (humano, materiales y/o económicos) para un eficaz aprovechamientos de estos. | - Ser mayor de 18 años - Ser residente del sector - Ser usuario del sistema de salud APS |
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